La seguridad en las puertas automáticas
Ante los eventuales siniestros y accidentes con puertas y portones automáticos, y ante la ausencia de una normativa específica sobre fabricación, instalación y mantenimiento de las mismas que contemple la seguridad de las personas, hemos de resaltar que esta obligatoriedad de velar por la seguridad de los usuarios de puertas automáticas existe, fundamentándose en los Códigos Civiles y Penales.
Concretamente, en los Códigos Civiles, en la aplicación del principio de responsabilidad universal, cuando por acción u omisión se cause daño a otra persona.
Por lo tanto, el fabricante, instalador o mantenedor de la puerta o portón automático será el responsable si el siniestro o accidente se ha producido por su mala fabricación, instalación o mantenimiento. Sólo la fuerza mayor y el fallo fortuito podrán exculparle de sus responsabilidades.